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sábado, 18 de enero de 2014

DERECHOS DE AUTOR




Una vez acabada y producida una canción o un grupo de canciones las podemos editar, ponerlas a la venta y promocionarlas, y lo podemos hacer de varias maneras. Esto conlleva a tener unos derechos por la obra que hemos creado y debemos saber cuales son y así poder negociar con ellos. La edición se puede llevar acabo de varias maneras:





Mediante un contrato discográfico, normalmente se quedan con el 50% de los derechos de autor (siempre que se encarguen ellos de la edición). Pero también podemos autoeditarlas nosotros mismos. En siguientes capítulos explicaré los pasos a seguir para la autoedición. Pero ya sea mediante contrato discográfico o autoedición hay que proteger nuestras obras, y se hace declarando o registrando las canciones  en la SGAE (Sociedad General de Autores) o a la Propiedad Intelectual.


 Nuestros Derechos de Autor.


Si vamos a poner una canción a disposición del público debemos saber cuales son nuestros derechos de autor y voy hablar de ellos de una manera fácil y sencilla ya que estos términos y explicaciones la mayoría de las veces las dan abogados o expertos en la materia utilizando palabras difíciles de entender para el que no esta familiarizado con las Leyes de Propiedad Intelectual.

La creación de una canción, la interpretación y la edición comprenden varios derechos, y velan por estos derechos diferentes entidades de gestión, estos derechos están enmarcados dentro de la Ley de Propiedad Intelectual.

Y son los siguientes:

-       Derechos de Autor.-  Es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el solo hecho de crear una obra literaria, artística, musical o científica, este publicada o no, y esta reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales.

Y de los derechos de Autor derivan los siguientes derechos:

   Derechos patrimoniales.-  Son aquellos que permiten de una manera exclusiva la explotación de una obra, y son exclusivos de autor, si has cedido parte de estos derechos a la discográfica esta también tendrá derechos patrimoniales, además estos derechos se pueden ceder o heredar

   Derechos morales.-   Están ligados al autor de una manera permanente, son irrenunciables y no prescriben. Este derecho es el de ser reconocido como el autor de la obra y puedes oponerte a cualquier modificación que pueda perjudicar al honor o reputación del autor.


Derechos Conexos.



   Derechos Conexos.  Son aquellos que protegen a personas distintas al autor, pero que guardan una estrecha relación con la obra como pueden ser los artistas, cantantes, músicos, traductores, editores y productores. Una sinfonía de Beethoven es imposible de traducir (partitura) a no ser que un conjunto de músicos la interprete o la grabe.

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